lunes, 9 de septiembre de 2013

Ultimas noticias de Rusia

El tribunal Supremo de la Federación de Rusia, ha comunicado a través de una circular diversas instrucciones a todos los juzgados de las diferentes regiones en referencia a la presentación de solicitudes de adopción. A destacar:

4/. Durante el estudio judicial de los expedientes de adopción de menores a solicitud de un matrimonio tradicional, ciudadanos  o residentes permanentes del estado donde está permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo, los jueces deben determinar lo siguiente:

a/. si la legislación de dicho estado estima la posibilidad de que el menor de edad sea reubicado en otra familia (por ejemplo, en relación con la imposibilidad de que el menor siga en la familia adoptiva, ya por no convenir a sus intereses, ya por con otras circunstancias);

b/. si existe un Convenio bilateral  internacional vigente entre la Federación de Rusia y el estado en cuestión, relativo a la colaboración en  materia de adopción de menores de edad, en el cual se haya previsto que la reubicación del menor de edad en otra familia, incluyendo la adopción por otras personas, no puede decidirse sin la aprobación de la respectiva autoridad competente de la Federación de Rusia.

En los casos en que la legislación del estado extranjero, donde están permitidos los matrimonios entre las personas del mismo sexo, prevé la reubicación de un menor y no existe ningún Convenio internacional firmado, el juzgado dictará la resolución denegatoria de su solicitud  de adopción de acuerdo con el inciso 1 del Art.127, del pto.1 del Art.146 del Código de Familia de la Federación de Rusia, así como de lo previsto en el pto.2 del Art.124 y en el pto.2 del Art.165 del Código de Familia de la Federación de Rusia.

Por todo esto, se hace necesario se firme el Convenio Bilateral que desde hace ya algunos años se esta preparando y que por diferencias en algunas cuestiones todavía no se ha llevado a cabo.

Se nos ha informado que a principios del próximo mes se prevé que viajen a España las Autoridades Competentes del Ministerio Ruso pare reunirse en Madrid con las Autoridades Españolas e intentar que se resuelva el tema de la firma del convenio.

Estamos esperanzados en que todo se resuelva favorablemente, hacemos todo cuento esta en nuestra mano para que así sea y no dudamos que el Ministerio de Trabajo, Bienestar y Familia del que depende definitivamente este tema tan importante lo hará también.



Por otro lado, os informamos que de acuerdo con el nuevo Decreto del Gobierno de la Federación De Rusia N725 del 22 de agosto, que entro en vigor el 3 de septiembre, su art. 22 indica la obligación de  presentar los informes de seguimiento según las nuevas normas.

El primer informe se realiza a los dos meses de la entrada en vigor de la sentencia, el segundo informe al quinto mes, el tercero a los once meses, el cuarto a los ventitres meses el quinto a los treinta y cinco meses. A partir de entonces cada dos años hasta la mayoría de edad.

Según la reunión que se celebro el día 5 de septiembre entre el Ministerio de Educación de la Federación de Rusia  y los Representantes de las Agencias acreditadas en la Federación de Rusia, esta normativa se aplicara a todos los menores adoptados que antes del 3 de septiembre de 2013 no sean mayores de edad.

Por otro lado, los primeros informes que con la nueva normativa hay que realizarlos a los dos meses y presentarlo antes de acabar el cuarto mes se aplica a todos los menores adoptados y cuya sentencia sea anterior a cuatro meses el día 3 de septiembre.


Los técnicos de nuestras distintas delegaciones avisaran a las familias con suficiente tiempo para cumplir con la norma.

lunes, 8 de julio de 2013

Modificaciones en la Ley de la Federación de Rusia


El pasado día 5 de julio entro en vigor la Ley Federal N 167-FZ “de modificaciones introducidas en algunas de las actas legales de la Federación de Rusia relativas a la colocación de menores huérfanos que se quedaron sin tutela de los padres”

 
Las modificaciones son las siguientes:



Art. 127 del Código de la Familia de la FR: No pueden adoptar “personas que tienen formada la unión entre dos personas del mismo sexo, reconocido como matrimonio de acuerdo con las normas del estado en el que dicho matrimonio esta permitido y personas que son ciudadanos de dicho estado y no están casadas”


Es decir, las familias monoparentales españolas no pueden adoptar en Rusia porque España reconoce el matrimonio homosexual. Un gran numero de personas españolas se van a ver afectadas por esta nueva ley.  Los expedientes de familias monoparentales que ya están en los juzgados, intentaremos que se puedan terminar, aunque lamentándolo mucho, nada podremos hacer y todo dependerá  de cada región y cada juzgado.

 

 
Art. 124 del Código de la Familia de la FR: El apartado 4 relativo a los menores que pueden ser adoptados “…..por familias extranjeras o personas sin ciudadanía que no son familiares de los menores transcurrido el plazo de 12 meses del Banco de datos Federal de los menores que se quedaron sin tutela de los padres….”

 
Es decir, la estancia en el Banco de datos Federal de los menores sube a 12 meses que mas los 2 meses que permanecen en el Banco de datos Regional, suman 14 meses los que los menores permanecerán en las listas para la adopción nacional. Solo pasado este periodo podrán ser asignados a familias extranjeras. Las familias que tienen sus expedientes en el juzgado, el juez decidirá si les aplica la ley anterior o la que acaba de entrar en vigor.

 

Art. 274 del Código de Enjuiciamiento Civil de la FR: “Las apelaciones y quejas de las sentencias de las adopciones constituidas pueden ser presentadas en el plazo de 10 días desde el día del dictamen de la sentencia completa”

 

Es decir la sentencia entra en vigor a los 10 días, aunque  para expedir el texto completo de la sentencia el juez tiene hasta 5 días mas, por lo que podrían ser entre 11 y 16 días.

Así con este cambio volvemos de nuevo a la situación anterior a enero del 2012 cuando se modifico a 30 días.

sábado, 22 de diciembre de 2012

Felicitación Navideña


Hola, aquí os dejo estas felicitaciones de unos seguidores de este blog muy especiales…..

Muchas gracias y Feliz Año Nuevo¡¡¡¡¡¡¡





Hola me llamo Emilia Desiré, tengo 17 años, soy una niña adoptada de Rusia.

Vivo en Madrid con mis tres hermanos también adoptados. Ya tengo un sobrino de tres años y estoy muy feliz con mi buenísima familia. Os deseo feliz navidad y año nuevo a todos.

Hasta pronto,

Emy.


lunes, 17 de diciembre de 2012

Estancia en Moscu


Amablemente una familia que ha viajado recientemente a Moscu, nos escribe con algunas recomendaciones sobre el viaje. Aquí las tenéis, os pueden servir de ayuda ya que todas las familias pasareis por esta ciudad al final del proceso sea cual sea a la región que vayáis.

Os animamos a que nos enviéis vuestras experiencias en los viajes a otras regiones.



Después de nuestro primer viaje y según la experiencia que nos ha dado, hemos pensado en escribir unas recomendaciones que creo que ayudarán a algunas familias futuras (están recomendaciones las hacemos según lo experimentado por nosotros en este primer viaje).


-          No cambiar moneda en el aeropuerto ya que el cambio es mucho más bajo. En Moscú hay infinidad de sitios donde se puede cambiar dinero por un importe muy superior al del aeropuerto (si se lo pides a Aipame Moscú te llevarán a alguna tienda de cambio).

-          No mucha gente habla inglés (en las tiendas tampoco) por lo que entablar conversaciones con la gente de Moscú es bastante difícil.

-          El Hotel de Moscú, Danielvosky, está situado en los jardines del Patriarca de la religión Ortodoxa de Moscú. Es un recinto cerrado donde sólo pasan aquellos coches que van a dejar pasajeros al hotel.


Fachada general del Hotel



Jardines en el recinto del Hotel


-          El desayuno se sirve de 7.30am a 10am.

-          El Hotel se paga en euros y hay que pagarlo anticipadamente.

-          La corriente eléctrica es la misma que en España por lo que no es necesario adaptadores de corriente.

-          Sólo hay wifi, y es gratuito, en la recepción y en algunos lugares de las plantas 2ª y 3ª pero no llega la señal hasta las habitaciones.

-          El Hotel tiene un restaurante, Danilovsky, tiene servicio de habitaciones hasta las 23.00am (marcando 121)


-          El tráfico en Moscú es bastante malo con muchos y kilométricos atascos. (tener paciencia).

-          Cerca del Hotel, a tan sólo 300 metros (sales del recinto y giras a la izquierda, luego a la derecha, cruzas una calle con vías de tranvía y andas unos 100 más) hay dos centros comerciales (abren también los domingos).

o        El primero es un centro comercial donde hay un supermercado, algunos restaurantes pero uno recomendable ya que comes de buffet y aunque está todo en ruso, puedes ver lo que pides, un Starbucks Café y varias tiendas.




o        El segundo mucho más grande y más lujoso donde hay infinidad de tiendas de ropa y que en las plantas de arriba hay una selección de varios restaurantes: MacDonalds, Burger King, Sbarro (italiano), japonés, cafeterías, etc. Recomendaría también las tiendas de ropa de niño y una tienda que venden libros, juguetes para niños (que puede ayudar a amenizar a los peques a pasar los días en el hotel)



-          Al otro lado de la calle avistaréis un recinto circular que es un mercado de alimentos (recomendable verlo porque es muy bonito y poder comprar pero todo está en ruso y nadie habla inglés)



Mercado de alimentos




Interior del mercado


-          Si alguien es más aventurero, la mejor forma de moverse por la ciudad, es el metro aunque hay bastante gente. Es también barato (nos costó 56 rublos para cada uno, unos 75 céntimos de euro). La estación más cercana (al lado del segundo centro comercial) es Tufskaya. Y a tres estaciones (línea 9 gris) está la estación de la Plaza Rojala Basílica de San Basilio y también el Centro Comercial más grande y lujoso de Moscú, GUM.



Vista Plaza Roja de Moscú


Basílica de San Basilio


Centro Comercial GUM


esperamos que estas pequeñas recomendaciones puedan ayudar a las familias por lo verdaderamente importante, que es estar tranquilos para así conocer a los niños que sean asignados a los diferentes futuros padres.

martes, 28 de febrero de 2012

Nueva acreditación: Comunidad de Madrid

Hemos recogido del Instituto Madrileño del Menor y la Familia el documento de ACREDITACION LA COMUNIDAD DE MADRID, la resolución lleva fecha 30 de enero se 2012.

Como en el resto de comunidades donde trabajamos, tendremos en cuenta nuestros objetivos que fundamentalmente son nuestra filosofía de trabajo. Destacamos:

Realizar un trabajo serio y esforzarnos al máximo para seguir manteniendo buena disposición ante las Autoridades Rusas y Españolas. Queremos seguir siendo una de las principales entidades Españolas trabajando en Materia de Adopción en la Federación Rusa.

Contar con un equipo multidisciplinar profesional, con amplia experiencia en el ámbito que nos ocupa. En este caso en la Comunidad de Madrid contamos con un equipo magnifico con amplia experiencia en gestión, tramitación y formación en adopciones en otros países, por lo que no les costara trabajo adaptarse a las características de Rusia. Los equipos del resto de nuestras delegaciones, ya con una amplia experiencia en  la tramitación de adopciones en Rusia pondrán al día a estos nuevos profesionales para que pronto se pongan al mismo nivel y puedan ayudar a las familias de Madrid a conseguir que se haga realidad su deseo de ser padres.

Que los tiempos de resolución de una adopción sea el menor posible. Como ya hemos dicho en otras ocasiones, teniendo en cuenta que dependerá en gran medida de las edades de menores indicadas en los certificados de idoneidad. Se acortaran los tiempos cuanto mas amplio sea el perfil en cuando a edad y numero de menores, aunque como ya sabemos cada proceso es un mundo e intervienen muchos factores que pueden condicionar, factores en la mayoría de los casos que escapan de nuestra posibilidad de actuación y que se ajustan a la realidad de un país, con enormes diferencias étnicas, de distancias y culturales.


No aceptar mas expedientes de los que podamos realmente resolver. Desde hace ya años, venimos resolviendo más o menos el mismo numero de expedientes que los que contratamos.


Insistimos en que creemos que todavía nos queda  mucho por hacer, en cuanto a mejora en la gestión y eficacia de nuestra labor, en cuanto a la información a las familias…

Creemos que debemos ser críticos con nuestra actuación por ello estamos abiertos a cualquier sugerencia que queráis hacer.

Para todos aquellos que queráis comunicaros con nosotros aquí tenéis direcciones de correo electrónico, postal y nº de teléfono de la sede de AIPAME EN MADRID.




Bienvenid@s.

martes, 17 de enero de 2012

Cambiar el nombre a los niños adoptados

¿Os habéis preguntado sobre los efectos o secuelas que puede ocasionar al niño o niña que adoptéis el  cambiarle el nombre original?

Algunas familias lo tienen claro, se lo cambiarán, para que no se sientan extraños aquí….. porque su nombre es muy raro…… o es muy difícil de pronunciar…..  o sencillamente porque habían ya pensado en un nombre para su primer hijo……

Piensan que no les va a traumatizar, que conocen a otros niños adoptados con nombres “normales” y que los niños están tan felices.

Si nos lo permitís, desde Aipame os sugerimos que mantengáis el nombre original de los niños, las decisiones que tomemos sobre nuestros hijos tienen sus efectos aunque no sean inmediatas.

Un niño adoptado tiene una historia que empezó antes de nosotros conocerlo y justo en el momento de la adopción se junta con la nuestra y partir de entonces será una historia conjunta. El nombre del niño viene con su identidad, se reconoce en el y su entorno lo llama por su nombre o diminutivo.

Un niño de 9 meses e incluso antes, ya se reconoce en su nombre. ¿Creéis que se va a sentir extraño solo por su nombre? 

¿No podremos aprender a pronunciar su nombre?, ¿No seremos capaces de aprendernos y conocer para repetir unas cuantas letras?  Con la cantidad de nombres extraños y raros de futbolistas, cantantes y famosos extranjeros en general que conocemos y pronunciamos sin problemas…… Sin embargo al niño si le pediremos que acepte los muchísimos  cambios, ¿el si tiene que poder?

Su nombre es lo único que traerá de Rusia. Mas adelante querrá entender su historia y darle un sentido. La identidad es lo que nos distingue a unos y a otros, así como los rasgos particulares y especiales de nuestra historia. Cuanto más conozcamos nuestro pasado y nos afirmemos en nuestra identidad, mas fuertes seremos emocionalmente. Es una razón suficientemente importante para mantener el nombre.

Lo que podemos hacer es castellanizarlo o añadirle otro nombre, pero dejando siempre en su documentación, el original.

Empezaremos así a respetar la historia de nuestro hijo, manteniendo su nombre.

martes, 27 de diciembre de 2011

Sentencias judiciales de adopcion

El Código del Enjuiciamiento Civil en Federación Rusa ha sido modificado. Según estas modificaciones:

LAS SENTENCIAS DE ADOPCION ENTRARAN EN VIGOR TRANSCURRIDOS 30 DIAS DESDE LA FECHA DEL DICTAMEN DE LA SENTENCIA.



Estas modificaciones entran en vigor a partir del 1 de enero de 2012.


Traducción del texto de la modificación:



9 de diciembre de 2010 353 -Φ 3


FEDERACION DE RUSIA
LEY FEDERAL

DE LA INTRODUCCION DE LAS MODIFICACIONES EN EL CODIGO DEL ENJUICIAMIENTO DE LA FEDERACION DE RUSIA


 
Aprobado

por la Duma Estatal

el 26 de noviembre de 2010


Visto Bueno

por el Consejo de la Federación
el 1 de diciembre de 2010



Artículo 1

Introducir en el Código del Enjuiciamiento Civil de la Federación de Rusia (Legislación de la Federación de Rusia del 2002, Nº 46, artículo 4532; del 2004, Nº 31, artículo 3230; del 2005, Nº 30, artículo 3104; del 2006, Nº 50, artículo 5303; del 2007, Nº 50, artículo 6243; del 2010, Nº 18, artículo 2145) las siguientes modificaciones:


16) El artículo 321 tendrá la siguiente redacción:


“Artículo 321. Orden y plazo de la presentación de la queja de apelación



  1. La queja de apelación de presenta a través del Juzgado que ha dictado la sentencia. Las quejas de apelación que han estado presentadas directamente en la instancia de apelación estarán enviadas al Juzgado que ha dictado la sentencia para los procedimientos posteriores de acuerdo con las normas del artículo 325 del presente Código.
  2. La queja de apelación debe estar presentada durante el mes desde la fecha del dictamen de la sentencia si no están establecidos otros plazos por el presente Código”.
De acuerdo con el artículo 4 dicho documento entra en vigor desde el 1 de enero de 2012 a excepción de los párrafos 8, 9, 10 y 11 del artículo 1 que entran en vigor desde el 1 de marzo de 2011.

Trabajamos en Andalucia

El pasado viernes 9 de diciembre hemos recibido en nuestra oficina en Valencia el documento de ACREDITACION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA para poder comenzar nuestro trabajo en esta comunidad. La acreditación esta fechada el día 30 de noviembre.


En esta comunidad colaboraremos con la Asociación Mami Wata, entidad que ya cuenta con experiencia en gestión y tramitación de adopciones en otros países, por eso estamos seguros que la cooperación de ambas entidades contribuirá al beneficio de todos.


La situación actual en Federación Rusa, nos permite mirar con optimismo las adopciones, las asignaciones y los juicios que se realizan van en aumento, no obstante debemos ser  conscientes, de que los tiempos de resolución de las adopciones dependerá en gran medida de las edades de menores indicadas en los certificados de idoneidad, se acortaran los tiempos cuanto mas amplio sea el perfil en cuando a edad y numero de menores, aunque como ya sabemos cada proceso es un mundo e intervienen muchos factores que pueden condicionar, factores en la mayoría de los casos que escapan de nuestra posibilidad de actuación y que se ajustan a la realidad de un país, gigante, con enormes diferencias étnicas, de distancias, culturales, y que conforman ese hermoso país al que dirigís vuestra solicitud y que muchos consideráis seguro de alguna manera vuestra segunda patria.


Como no podía ser de otra manera y al igual que en las Comunidades en las que ya trabajamos hace muchos años, tendremos muy en cuenta por el bien de todos, no aceptar mas expedientes de los que podamos realmente resolver, fortalecer nuestra estructura en Andalucía, tanto a nivel  informática-ofimática,  de gestión , de formación e información para que muy pronto este al nivel de las demás delegaciones y las familias de esta comunidad os encontréis cómodos con nosotros y podamos ayudaros a conseguir que se haga realidad ese deseo de sentiros padres y madres.


Nuestro trabajo serio y el esfuerzo realizado por todos los equipos profesionales de Aipame en España y en Rusia, nos ofrece la buena disposición de Autoridades Rusas. Nuestro esfuerzo se ha visto compensado haciendo que seamos una de las principales Entidades Españolas trabando en Materia de Adopción en Federación Rusa. De toda esta experiencia os beneficiareis las familias Andaluzas que queráis tramitar vuestra adopción con nosotros.


Nos queda todavía mucho por hacer en cuanto a mejora en la gestión y eficacia de nuestra labor, en cuanto a la información a las familias, creemos que debemos ser críticos con nuestra actuación por ello estamos abiertos a cualquier sugerencia que queráis hacer.


Para todos aquellos que queráis comunicaros con nosotros aquí tenéis direcciones de correo electrónico, postal y nº de teléfono de la sede de AIPAME EN ANDALUCIA.





Glorieta de las Tres Culturas (Estación de Autobuses)

Oficinas 9 y 10. Córdoba 14011

Tfnos: 967 281 724 // 692 629 576


Bienvenid@s.

jueves, 6 de octubre de 2011

Nuestra actividad en los últimos meses

Estimadas familias

No se si habéis decidido ya el país en el que vais a tramitar vuestra solicitud, por si no lo habéis hecho, nos gustaría ofreceros algunos datos sobre las adopciones constituidas a lo largo de estos meses hasta septiembre del presente año.

Sabéis que Aipame esta acreditada en cuatro comunidades autónomas Cataluña, Castilla la Mancha, Valencia y País Vasco. De estas cuatro comunidades, de enero a junio se han celebrado 62 juicios de adopción y hemos tenido 83 asignaciones. Sale una media de unos 20 viajes de media entre juicios y asignaciones en este primer semestre.

Desde final de junio hasta final de septiembre, hemos tenido 32 juicios y 31 asignaciones.

Un total de 94 familias que ya han constituido su adopción, entre ellos hay 6 grupos de dos hermanos, con lo que hacen un total de 100 menores rusos llegados a España con Aipame.

La media de resolución de los expedientes resueltos en estos meses sigue siendo al igual que el pasado año de 16 meses desde la fecha de firma de contrato hasta la fecha de la sentencia.

De los niños llegados a España en estos meses, el porcentaje mas alto es de niños de entre 1 y 2 años con un total de 54, han llegado 29 menores de entre 3 y 4 años, 9 entre 5 y 6 años y 8 niños mayores de 6.

68 menores son de sexo masculino y 32 de sexo femenino.

De las 94 familias que han resuelto su adopción en estos meses hay 19 que han rechazado una o varias propuestas o asignaciones a lo largo del proceso.

Las familias que en estos momentos están asignadas a la espera de juicio de adopción 47 en total, hay 9 familias que del mismo modo, han tenido algún rechazo a lo largo de su proceso y hasta la aceptación de un menor.

Tenemos en la actualidad 102 familias en trámite en Rusia pendientes de asignación de las que 20 igualmente han tenido algún rechazo.

Esperamos que todos estos datos os puedan ayudar a tomar una decisión en cuanto a la tramitación de vuestra solicitud, si es que no lo habéis hecho ya.

lunes, 26 de septiembre de 2011

La complejidad del proceso en Rusia

Todos somos conscientes de que el proceso de adopción en Rusia es complejo y esta complejidad sucede por múltiples motivos. Es ya conocida la llamada burocracia rusa en la que se entremezclan competencias de diferentes administraciones que determinan el sistema de Gobierno Ruso. Para abreviar diremos que el Gobierno central se reserva una importante parcela de poder,  89 regiones con su propio gobierno y su lucha por la autonomía (similar por otra parte a lo que ocurre en España), pero siendo como es, seguro mejorable y a pasar de las críticas al sistema, tenemos que reconocer sus partes buenas y que su evolución es lenta pero positiva. Además, las cosas buenas y también las malas o mejorables, seguro están presentes en los procesos de adopción de cualquier otro país, o es que hay alguno perfecto….?

La actitud de los implicados en los procesos de adopción en Rusia por parte de España, las administraciones autonómicas por ser autoridad central y haber aceptado enviar solicitudes de adopción de familias Españolas a Rusia, las Ecais por haber puesto nuestro empeño en trabajar por los niños rusos y por supuesto las familias que responsable y conscientemente escogéis dirigir vuestra solicitud de adopción a Rusia, cada uno en su faceta debemos actuar con responsabilidad y afán de colaboración.

Las Administraciones autonómicas, establecen la obligatoriedad de comunicar previamente a estas administraciones los datos del menor preasignado por las autoridades Rusas a las familias. Este procedimiento se da bajo la normativa del Convenio de la Haya. Sin embargo, la Federación de Rusia establece una normativa incompatible con el sistema descrito, puesto que la preasignación de los niños rusos a familias de origen extranjero se efectúa en presencia de estos ante las autoridades Rusas competentes, quienes en ningún caso tienen obligación de trasladar con anterioridad información previa sobre el menor que será preasignado.

Cualquier dato sobre el menor  que pueda ser adelantado por la Administración Rusa con anterioridad a que os personéis las familias en la región, es puramente voluntario y se considera como un ofrecimiento no como una preasignación.

En muchos casos, no existe más información que trasladar por nuestra parte a la Administración Española que la fecha de vuestro viaje de asignación. A vosotros se os dará  toda la información que las Autoridades Rusas tengan sobre el menor y lo conoceréis personalmente.

En algunas ocasiones, seria conveniente que las Administraciones Españolas considerasen cada ofrecimiento efectuado por las autoridades rusas, individualmente y de una forma generosa, aunque las características del menor no se correspondan con las pretendidas para la familia en concreto, fundamentalmente porque el objetivo que nunca debe ser olvidado son los niños. El estudio cuidadoso de una propuesta para una familia concreta,  podría determinar un resultado exitoso a pesar de encontrarse fuera de las características de la idoneidad. Todo esto, por supuesto dejando claro el derecho que tenéis las familias a rechazar el ofrecimiento.

En este caso y teniendo en cuenta el fin primordial que es de obligado cumplimiento para todos  tendríamos que no criticar el procedimiento de la Administración Rusa, puesto que actúa en ejercicio de sus derechos y sus obligaciones.

Encontramos también un sistema legislativo ajeno a nosotros, que puede sorperender en momentos claves del proceso y que en ocasiones choca incluso con los principios que mentalmente tenemos preestablecidos como buenos. No quiere decir que sea un sistema peor, solo es diferente.

Desde el momento en que España permite la realización de tramitaciones de adopción internacional de familias españolas en Rusia se debe respetar y aceptar la legislación de la Federación de Rusia en todos sus extremos y por todas las partes integrantes del proceso, familias, administración y Ecais.

Constantemente, vemos que las Autoridades Rusas actúan con un rigor reseñable, contrariamente a la fama que en ocasiones se les ha otorgado. Revisan y comprueban de forma exhaustiva los datos de las familias en la documentación aportada a fin de determinar que las características de la familia son las mejores para el niño que se les preasigna. Es evidente que el interés de las personas que intervienen en los procesos de adopción  en Rusia es el que debe ser su fin principal, el bienestar del niño.

Por otro lado, el Juez Ruso competente para conceder una adopción, tiene todo el derecho y la autoridad de solicitar cualquier documento que considere oportuno para completar la documentación ya aportada al proceso. En ocasiones nos puede parecer que la documentación que nos solicitan resulta exagerada, incluso innecesaria. Sin embargo las competencias hasta la sentencia residen en las Autoridades Rusas, y se recogen y otorgan en base a legislación del País. Su sistema, su personalidad y su mentalidad  impregnan todo el proceso y son diferentes a las nuestras, pero no por ello peores, y en cualquier caso deben ser respetadas por todos los implicados. El buen entendimiento, la cooperación y facilitar lo mas posible la documentación que un determinado juez solicite para llegar a la tan ansiada sentencia de adopción, evitara sobrecarga, angustia y ansiedad a todas las partes.

En esta parte, nosotros y también la administración tenemos la carga de transmitir esa sensación de complicidad y apoyo a las familias. No debemos perdernos en luchas tontas sin sentido. Por lo que a nosotros respecta, no queremos complicar mas un sistema que de por si ya es complejo, ni solicitar caprichosamente documentación si este requerimiento no parte de la Administración Rusa.

No obstante y a pesar de todo queremos informaros que durante el primer semestre de este año, hemos celebrado 62 juicios y hemos tenido 86 asignaciones. De media unos 20 viajes mensuales entre los de asignación y juicio. No esta nada mal.